CONVOCATORIA 2023
CONVOCATORIA 2023
En octubre de 2018 se firmó el Acuerdo Marco para una Transición Justa de la Minería del Carbón y Desarrollo Sostenible de las Comarcas Mineras para el Periodo 2019-2027, entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) , el Ministerio de Trabajo, la central sindical UGT-FICA, la Federación de Industria de CC.OO, la Federación de Industria de USO y la agrupación de empresarios del sector, Carbunión.
A través del acuerdo, el MITECO se comprometió a impulsar medidas de reactivación en las comarcas mineras del carbón destinadas a financiar nuevas instalaciones empresariales y ampliar las existentes, con el fin de generar actividades económicas alternativas que lleven aparejado el compromiso de generar nuevos puestos de trabajo y mantener los existentes para incentivar su desarrollo.
En consecuencia, el ITJ ha desplegado convocatorias de ayudas para proyectos empresariales y pequeños proyectos de inversión en comarcas mineras.
Podrán ser objeto de ayuda los proyectos de inversión empresarial que se localicen en los municipios afectados por la reestructuración y modernización de la minería del carbón en Asturias, Aragón, Castilla y León y Puertollano (Ciudad Real), con las limitaciones que puedan derivar del Mapa de ayudas regionales aplicable a España.
El listado de municipios elegibles puede consultarse en el Anexo I y Anexo II de la Orden TED/1294/2020 o la Orden TED/1293/2020.
Las ayudas a proyectos empresariales en comarcas mineras están actualmente reguladas por la Orden TED/1294/2020, de 29 de diciembre.
CONVOCATORIA 2023:
El texto completo de la convocatoria puede descargarse aquí.
Propuesta de resolución provisional aquí
Con fecha 20 de mayo de 2025, se ha firmado por el Presidente del Instituto para la Transición Justa, O.A., la Resolución Definitiva de las ayudas a proyectos empresariales en las zonas mineras del carbón, mediante la cual se aprueba la concesión definitiva de las ayudas destinadas a la financiación de los proyectos empresariales presentados por los interesados que han resultado beneficiarios, así como la cuantía otorgada, la inversión subvencionable y el empleo a crear.
Se publica, asimismo, el listado de solicitudes que han sido denegadas junto con el motivo de su denegación.
Esta resolución definitiva será notificada individualmente a los promotores a través de la sede electrónica del ITJ, haciendo constar el nombre del mismo, proyecto o actuación a realizar, localización del mismo, importe de la inversión subvencionable a justificar, empleo nuevo a crear, cuantía de la subvención concedida, fechas máximas para cumplir los requisitos de inversión y creación del empleo y su mantenimiento, así como cualquier otra condición que el órgano concedente pueda establecer.
La presente publicación en la web no es una notificación a efectos de lo dispuesto en la Ley de procedimiento administrativo, por lo que no empezarán a computar los plazos hasta que se produzca la notificación individual.
Las anteriores convocatorias resueltas son:
Las ayudas a pequeños proyectos de inversión en comarcas mineras están actualmente reguladas por la Orden TED/1293/2020, de 29 de diciembre.
CONVOCATORIA 2023:
¡¡ NOTA INFORMATIVA !! Elevación del límite de minimis de las Convocatorias de minería.
El texto completo de la convocatoria puede descargarse aquí.
Propuesta de resolución provisional aquí
Con fecha 20 de mayo de 2025, se ha firmado por el Presidente del Instituto para la Transición Justa, O.A., la Resolución Definitiva de las ayudas a pequeños proyectos de inversión en las zonas mineras del carbón, mediante la cual se aprueba la concesión definitiva de las ayudas destinadas a la financiación de los pequeños proyectos de inversión presentados por los interesados que han resultado beneficiarios, así como la cuantía otorgada, la inversión subvencionable y el empleo a crear y/o mantener.
Se publica, asimismo, el listado de solicitudes que han sido denegadas junto con el motivo de su denegación.
Esta resolución definitiva será notificada individualmente a los promotores a través de la sede electrónica del ITJ, haciendo constar el nombre del mismo, proyecto o actuación a realizar, localización del mismo, importe de la inversión subvencionable a justificar, empleo nuevo a crear, cuantía de la subvención concedida, fechas máximas para cumplir los requisitos de inversión y creación del empleo y su mantenimiento, y cualquier otra condición que el órgano concedente pueda establecer.
La presente publicación en la web no es una notificación a efectos de lo dispuesto en la Ley de procedimiento administrativo, por lo que no empezarán a computar los plazos hasta que se produzca la notificación individual.
Las anteriores convocatorias resueltas son: