Ayudas destinadas a cubrir costes excepcionales derivados del cierre de unidades de producción de carbón y mitigación del impacto medioambiental producido por los cierres.
Las ayudas tienen por objeto contribuir a sufragar los trabajos de rehabilitación del espacio natural afectado por las labores mineras y de abandono definitivo de la explotación, incluidos los objetivos de cierre y clausura de las instalaciones de residuos mineros.
Las empresas mineras, en su calidad de entidades explotadoras, están obligadas a asumir el conjunto de medidas definidas en el Plan de restauración que ha sido previamente autorizado por la autoridad minera competente y que permiten asegurar el cumplimiento de las prescripciones legales en materia de rehabilitación medioambiental y cierre de la explotación.
Con estas ayudas se pretende sufragar parte de los costes que las empresas mineras deben asumir, derivados del cierre de unidades de producción de carbón y mitigar el impacto medioambiental producido por los cierrres, así como asegurar un cierto volumen de empleo en la minería durante el tiempo de la restauración, escalonando la salida al mercado laboral de los posibles excedentes.
El importe de la ayuda no podrá suponer, en ningún caso, el 100% del volumen total del coste implicado en esas labores de rehabilitación.
Podrán acogerse las empresas mineras susceptibles de ser beneficiarias de estas ayudas que hayan presentado ante la autoridad minera competente, para su preceptiva autorización:
TFNO: (034) 91 349 74 48
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