Se comunica a los efectos de presentación de solicitudes de ayuda que, debido a la imposibilidad técnica de algunos solicitantes de realizarla a través de la Sede Electrónica del Instituto, éstas podrán presentarse en cualquier registro que permita determinar la fecha y hora de presentación, según se establece en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En caso de presentarla por esta vía se deberá adjuntar el modelo siguiente según corresponda: