De conformidad con lo establecido en el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, concurren circunstancias que justifican la reducción del plazo ordinario establecido en el mismo hasta 7 días hábiles.
Estas circunstancias son la necesidad de realizar la modificación de las órdenes a la mayor brevedad y poder así realizar las correspondientes convocatorias, así como el hecho de que lo que se pretende es corregir una serie de errores y por tanto no hay cambios de relevancia en las citadas órdenes.
Los textos pueden encontrarse en los siguientes enlaces:
Las observaciones pueden remitirse al correo consultapublica@transicionjusta.gob.es
La fecha límite para presentar observaciones es el día 16 de marzo de 2021.